Sede electrónica Ayuntamiento de Brión

14:41:17 Jueves 21 de noviembre 2024
Estás en:

Detalle trámite

Certificado de empadronamiento

El procedimiento "Solicitud de Certificado de Empadronamiento" regula la concesión, por parte del Ayuntamiento, del certificado acreditativo de los datos personales y domicilio, según constan en el Padrón de habitantes del municipio.

El ciudadano podrá elegir el tipo de certificado que necesita, según la siguiente clasificación:

  • Certificado de Empadronamiento Individual
  • Certificado de Empadronamiento Colectivo
  • Certificado de Empadronamiento Histórico
  • Certificado de Empadronamiento Negativo Individual
  • Certificado de Empadronamiento Histórico Colectivo

Para solicitar un Certificado de Empadronamiento de un menor que carezca de Documento Nacional de Identidad, deberá utilizar la Solicitud General y explicar esta circunstancia en el EXPONE/SOLICITA.  

Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Solicitud de certificado de empadronamiento.
  • Documentación acreditativa del parentesco. En caso de menores, o persona fallecidas, se deberá aportar documentación acreditativa del parentesco: Libro de Familia, declaración de herederos, etc.
  • Para los certificados colectivos, es indispensable acompañar (para cada una de las personas mayores de edad incluidas en la hoja padronal) la siguiente autorización (descarga).  Excepción: De conformidad con el art. 19.4 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, cuando el certificado se solicita a tal efecto, no se requerirá el consentimiento de las personas empadronadas en el domicilio del solicitante.

Nombre: Solicitud de certificado de empadronamiento.

Unidad tramitadora:
Secretaría.

Inicio del procedimiento:
A Instancia de parte.

Tipo de interesado:
Persona física.

Órgano de resolución:
Alcaldía.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Plazo de resolución:
3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo.

Tasas/Impuestos: No aplica.

Canales de atención:
Telemático (Iniciar trámite).

                                        Presencial.